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	<title>comercioyjusticia.info</title>
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	<description>La información necesaria, en el momento justo</description>
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		<title>El dólar blue sube 21 centavos y supera la barrera de los $8,50</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 16:30:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Principal]]></category>
		<category><![CDATA[cotización]]></category>
		<category><![CDATA[divisas]]></category>
		<category><![CDATA[dólar blue]]></category>
		<category><![CDATA[economía]]></category>

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		<description><![CDATA[En el mercado paralelo, la divisa revierte su tendencia a la baja de los últimos días y pasa la barrera de los 8,50 pesos. El oficial se vende a $5,26 en la city porteña. Tras días de una profunda caída, el dólar paralelo sube 21 centavos y se vende a $8,64 en el mercado paralelo]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft  wp-image-47970" style="margin: 5px;" title="dólares" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2011/07/dólares-350x243.jpg" alt="" width="245" height="170" />En el mercado paralelo, la divisa revierte su tendencia a la baja de los últimos días y pasa la barrera de los 8,50 pesos. El oficial se vende a $5,26 en la city porteña.</em></p>
<p>Tras días de una profunda caída, el dólar paralelo sube 21 centavos y se vende a $8,64 en el mercado paralelo.</p>
<p>El billete informal avanza luego de diez ruedas seguidas en que no subió, sino que retrocedió $ 2,02.</p>
<p>En tanto, el oficial sostiene una cotización promedio de 5,24 pesos para la compra y de 5,29 pesos para la venta.</p>
<p>La brecha cambiaria entre ambas cotizaciones es del 64%, en estas jornadas con poca actividad.</p>
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		<title>Procede el embargo de un fondo de comercio en un juicio de separación</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[divorcio]]></category>
		<category><![CDATA[embargo]]></category>

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		<description><![CDATA[El tribunal estimó que en el caso resultaba evidente que la medida se solicitó para intentar resguardar la composición del patrimonio conyugal; esto es, la participación ganancial en el establecimiento, emergente de sus utilidades o rentas y de su aptitud económica]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-90033" style="margin: 5px;" title="justicia" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/justicia.jpg" alt="" width="350" height="350" />El tribunal estimó que en el caso resultaba evidente que la medida se solicitó para intentar resguardar la composición del patrimonio conyugal; esto es, la participación ganancial en el establecimiento, emergente de sus utilidades o rentas y de su aptitud económica.</em></p>
<p>En el marco de un juicio de separación personal en el cual el marido solicitó sin éxito el embargo de un fondo de comercio -que invocó como de su propiedad, cuya explotación se encontraba a cargo de la parte contraria-, la Cámara de Familia de 2ª Nominación hizo lugar a la apelación presentada por aquél y ordenó la medida.</p>
<p>En cuanto a la posibilidad de embargar el fondo de comercio como unidad económica en sí misma, la Alzada señaló que para el despacho de las cautelares originadas en el conflicto matrimonial resulta suficiente la mera invocación de la existencia del derecho, sin perjuicio de que en algunas oportunidades ese requisito se presume por la calidad del cónyuge solicitante o por las circunstancias fácticas del supuesto planteado.</p>
<p>Así, resaltó que en el caso resultaba evidente que la medida se peticionó para intentar resguardar la composición del patrimonio conyugal; esto es, la participación ganancial en el fondo de comercio, emergente de sus utilidades o rentas y de su aptitud económica en sí misma, circunstancia que eventualmente podría resultar obstaculizada por quien explota el establecimiento (la esposa), ya sea sustrayendo del conocimiento del apelante la rentabilidad o desplazando los ingresos de la masa de gananciales.</p>
<p>“Estos extremos conducen a tener por acreditados de modo suficiente la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora requeridos por la normativa legal aplicable, a los fines de la procedencia de la cautelar solicitada”, enfatizó el tribunal.</p>
<p>En tanto, recordó que la fuente de la medida en cuestión proviene del derecho sustancial, de modo tal que no resulta exigible el cumplimiento de los recaudos adjetivos ordinarios, ya que éstos surgen y se presumen atendiendo a la naturaleza y fin de la acción principal sobre separación personal entablada entre los contendientes.</p>
<p><strong>Bienes</strong><br />
En consecuencia, concluyó que no existía impedimento legal para la libre elección efectuada por el apelante de la figura del embargo a los fines de la cautela del establecimiento comercial; ello así, sin perjuicio de que en el caso pudiera resultar pertinente una medida cautelar diversa y tendiente a la intervención del fondo.</p>
<p>Asimismo, el tribunal aclaró que no era un obstáculo la circunstancia de que aquél se componga de bienes y derechos materiales e inmateriales, sin registración impuesta por la ley, puesto que el embargo no impone ni condiciona a ésta su pertinencia, debiendo ajustarse su traba a las normas procesales pertinentes.</p>
<p>También subrayó que la procedencia de la medida no podía quedar supeditada a la concreta determinación de los bienes sobre los cuales iba de recaer, dado que ante la ausencia de especificación en ese aspecto podía inferirse que afecta la totalidad de sus componentes.</p>
<p><strong>Remate</strong><br />
En esa dirección, acotó que, tal como lo señala el artículo 2 de la ley 11867, el fondo de comercio puede ser rematado en las condiciones allí previstas, lo cual también avala la posibilidad de su embargo en pos de garantizar el crédito ganancial involucrado.</p>
<p>Por último, la Cámara precisó que aquél no afecta el normal desenvolvimiento del establecimiento ni los derechos de terceros sino que procura garantizar la preservación de los fondos cuyo efectivo reparto habrá de ventilarse en la etapa de liquidación de la sociedad conyugal.</p>
<blockquote><p><strong>Previsiones del Código Civil</strong><br />
- El tribunal recordó en su fallo que las medidas de seguridad fundadas en el artículo 233 del Código Civil tienen su origen en ley de fondo y no en la procesal, resaltando que esta última reviste el carácter de subsidiaria respecto de la primera, la cual tiende a asegurar -en lo patrimonial- el proceso de liquidación de la sociedad conyugal.</p>
<p>- También plasmó que no debía perderse de vista que el mentado se relaciona y debe interpretarse en conjunto con las previsiones del artículo 1295.</p>
<p>- Así, reiteró que el 233 alude a las acciones de separación personal y divorcio vincular y a las medidas de seguridad idóneas para evitar que la administración o disposición de los bienes por uno de los cónyuges pueda poner en peligro, hacer inciertos o defraudar los derechos patrimoniales del otro, en tanto que consignó que el segundo atañe a la separación de bienes y a la posibilidad del embargo de los muebles propios del otro cónyuge para evitar que el titular disponga de éstos, como así también a la indisponibilidad de los bienes propios y gananciales del otro cónyuge.</p></blockquote>
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		</item>
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		<title>Cristina inyecta $16.803 millones al mercado y pide control social de precios</title>
		<link>http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/05/23/cristina-inyecta-16-803-millones-al-mercado-y-pide-control-social-de-precios/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=cristina-inyecta-16-803-millones-al-mercado-y-pide-control-social-de-precios</link>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Destacado Economía]]></category>
		<category><![CDATA[AAFF]]></category>
		<category><![CDATA[anuncio]]></category>
		<category><![CDATA[Asignación Universal por Hijo]]></category>
		<category><![CDATA[AUH]]></category>
		<category><![CDATA[Cristina Fernández]]></category>

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		<description><![CDATA[Anunció una batería de incrementos en los gastos de seguridad social. Además, llamó a la población a controlar los precios y pidió más compromiso de los empresarios]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-91409" style="margin: 5px;" title="cristina conferencia de prensa" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/cristina-conferencia-de-prensa.jpg" alt="" width="350" height="247" />Anunció una batería de incrementos en los gastos de seguridad social. El más importante es el relativo a la Asignación Universal por Hijo (AUH), que pasará de 340 a 460 pesos. También elevó los techos para el cobro de asignaciones familiares. Además, llamó a la población a controlar los precios y pidió más compromiso de los empresarios.</em></p>
<p>El incremento de 35,3% sobre el monto de la Asignación Universal por Hijo (AUH) resultó el anuncio más importante de la presidenta Cristina Fernández, hecho en el Salón Mujeres Argentinas del Bicentenario, en Casa Rosada, durante su intervención por cadena nacional. Fue la ocasión para presentar una serie de importantes actualizaciones en los montos de seguridad social que paga el Estado nacional mediante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que se trasladan directamente al mercado.</p>
<p>El total de las medidas anunciadas implica un costo fiscal adicional de $16.803 millones, lo que representa una inversión total anual de $41.076 millones para este concepto, cifra que sin dudas tiene un alto impacto en el mercado local.</p>
<p><strong>Mejoras para diversos grupos</strong><br />
En concepto de AUH, el Estado abonará $460, un salto importante en relación con los $340 que se venían pagando desde septiembre último -fecha de la última actualización-.</p>
<p>También hubo un guiño para los asalariados de sueldos bajos y medios, al incrementarse el techo para el cobro de Asignaciones Familiares (AAFF), que pasó de $7 mil a $8 mil por cónyuge, o bien de $14 mil a $16.800 para el grupo familiar. Estas nuvas cifras ubican los techos para el cobro de las AAFF en la misma cifra de los pisos para tributar el impuesto a las Ganancias.</p>
<p>El corrimiento de estos techos implica que se abonarán 694 mil nuevas AAFF, con una suba de $4 millones en el costo fiscal. La otra modificación es que siempre se abonará este beneficio con el sueldo de las madres, salvo casos en que el padre tenga la tenencia o guarda judicial de los hijos.</p>
<p>También la Presidenta anunció el incremento en los subsidios que se pagan por nacimiento (de $600 a $750), por adopción (de $3.600 a $4.500) y por matrimonio (de $900 a $1.125). Dentro de estos incrementos también se anunciaron beneficios en las asignaciones por hijos discapacitados.</p>
<p><strong>Llamado a controlar los precios</strong><br />
Luego de una abundante presentación numérica apoyada en gráficos que mostraban los incrementos, el discurso de la mandataria cambió de dirección cuando se detuvo a hablar sobre el aumento de los precios.</p>
<p>“Empresarios: los que ponen los precios son ustedes. Vamos a tener que hacer un esfuerzo”, lanzó la Presidenta, antes de anticipar: “Los vamos a controlar”.</p>
<p>No obstante, descartó que este control quede supeditado sólo a la labor de la Secretaría de Comercio. “Vamos a lanzar el programa &#8216;Mirar para Cuidar”, señaló Cristina, ironizando sobre que “los precios no aumentan por acción de la naturaleza”.</p>
<p>En esa línea, llamó a las organizaciones sociales, a los “actores institucionales” y a los intendentes a comprometerse en el control de la suba de precios. “Confío en la inteligencia de los empresarios”, dijo en tono sugestivo, invitándolos a esforzarse para “mantener el nivel de consumo para que los argentinos sigan sosteniendo el nivel de consumo”.</p>
<p><strong>Principales cambios a partir de junio</strong></p>
<p><strong>- Asignación Universal por Hijo.</strong> Aumentará 35,3%; pasa de $340 a $460, lo que beneficiará a 3.368.726 niños (1.841.478 familias). Para el caso de Asignaciones por Hijo con Discapacidad, pasa de $1.200 a $1.500.</p>
<p><strong>- Nuevo tope para percibir las AAFF.</strong> Ahora la suma de los ingresos del padre y la madre no podrá superar $16.800 (hasta $8.400 por cada uno). Además, las AAFF serán cobradas por las madres.</p>
<p><strong>- Iguala el techo de las AAFF con el piso de Ganancias.</strong> Con esta medida, los titulares de derecho reciben algún tipo de beneficio, ya sea por la asignación o por la deducción de ganancias.</p>
<p><strong>- Nuevos valores para las AAFF.</strong> La más alta queda establecida en $460. En caso de Asignación por Hijo con Discapacidad, pasa de $1.200 a $1.500.</p>
<p>- <strong>Ayuda Escolar Anual y Ayuda Escolar por Hijo Discapacitado.</strong> Tendrán un pago adicional, por única vez, de $340 en junio. Ese monto se suma a los $170 que se abonaron en marzo.</p>
<p><strong>- Subsidio de Contención Familiar para Jubilados y Pensionados.</strong> Se eleva; pasa de $1.800 a $4.000.</p>
<blockquote><p><strong>Repercusiones del anuncio</strong></p>
<p>“Los aumentos que aplicamos son los que el Gobierno nos autoriza. Va a haber aumentos cuando finalice el acuerdo de precios”. <strong>Ricardo Brasca, Supermercados Cordiez</strong></p>
<p>El control es clave para evitar eventuales desbordes. Los grandes supermercados son los verdaderos formadores de precios y deben cumplir el compromiso asumido. <strong>Héctor Morcillo, Sindicato de la Alimentación</strong></p>
<p>No sé de qué manera se puede involucrar a los intendentes en el control de precios. Es una potestad que nos excede. De todas formas, prefiero esperar más detalles. <strong>Marcelo Cossar, viceintendente de Córdoba</strong></p>
<p>“Están bien los acuerdos de precios, pero la Provincia no está teniendo ninguna iniciativa para colaborar con el control de precios”. <strong>Nidia Carbajo, Defensa de Usuarios y Consumidores</strong></p></blockquote>
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		<title>Delfos Turismo proyecta expansión en Latinoamérica</title>
		<link>http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/05/23/delfos-turismo-proyecta-expansion-en-latinoamerica/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=delfos-turismo-proyecta-expansion-en-latinoamerica</link>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Negocios]]></category>
		<category><![CDATA[franquicias]]></category>
		<category><![CDATA[turismo]]></category>

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		<description><![CDATA[Esta operadora mayorista de turismo inauguró ayer su primera sucursal en el  exterior, en la ciudad de Asunción, Paraguay. Dentro de sus objetivos, estudia ampliar su presencia en  cada ciudad del continente americano]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-91358" style="margin: 5px;" title="Ruben Faber" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/Ruben-Faber.jpg" alt="" width="350" height="263" />Esta operadora mayorista de turismo inauguró ayer su primera sucursal en el  exterior, en la ciudad de Asunción, Paraguay. Dentro de sus objetivos, estudia ampliar su presencia en  cada ciudad del continente americano.</em></p>
<p>Pese a los embates que ha sufrido últimamente el sector turístico, sensibilizado por los vaivenes económicos y las últimas medidas gubernamentales respecto a la moneda extranjera, la mayoría de los actores del mercado siguen apostando a la industria y miran más allá de la coyuntura actual.</p>
<p>“En Argentina nunca hay que bajar los brazos, en tiempos de crisis siempre surgen oportunidades y nosotros optamos por estar bien posicionados en todo momento”, expresó a<strong> Comercio y Justicia</strong> Rubén Faber, directivo de Delfos, operadora mayorista que nació en Córdoba hace quince años y suma hoy nueve sucursales en distintas provincias del país.</p>
<p>“Ayer inauguramos nuestra primera sucursal en el exterior, concretamente en Asunción, Paraguay, y tenemos proyectado seguir creciendo en esta línea y abrir un local propio en cada capital de Latinoamérica”, declaró Faber, en tanto que adelantó que están en la mira paises como Perú, Bolivia y Colombia.</p>
<p><strong>Ampliación y tecnología</strong><br />
Asimismo, en esta misma línea de crecimiento, la empresa invirtió 1,75 millones de pesos en el perfeccionamiento de nuevos desarrollos, entre los cuales se destaca la innovación en tecnología, la renovación de su página web, la ampliación de 140 metros cuadrados entre oficinas y salón de capacitaciones de su casa central en Córdoba, y la mudanza a mejores y nuevas instalaciones de sus sucursales de Buenos Aires,Tucumán, Rosario, Santa Fe y Neuquén.</p>
<p>Delfos se encuentra entre los principales operadores de turismo de la región y es un referente a escala nacional, miembro de los Comités Visit USA, Visit Brasil y el Consejo de Promoción de México. Se especializa en multidestinos y afirma: “El Caribe sigue siendo lo más demandado, sobre todo los destinos tradicionales como Cuba, República Dominicana y México. Aunque también han proliferado nuevos destinos como Aruba, Jamaica y Curazao”.</p>
<p>La compañía emplea a unas 150 personas y desde hace un año incorporó la operación de “receptivo”, para lo cual participó en ferias de Inglaterra, Estados Unidos y Colombia a los fines de promocionar los paquetes de destinos nacionales como Cataratas, Calafate y Ushuaia, entre otros.<br />
Actualmente comercializa unos mil paquetes mensuales, que pueden ser de uno hasta cuatro pasajeros.</p>
<blockquote><p><strong>Actividad resentida</strong><br />
“En los últimos años, nuestra actividad mantuvo un crecimiento moderado, pero a partir de marzo de este año y con la última disposición vinculada con el 20% de retención para todos los paquetes turísticos impuesto por el Gobierno nacional, la actividad se resintió un poco”, remarcó Rubén Faber (foto).</p>
<p>“Tenemos fe en que esto se va a reactivar, la gente que tiene las necesidades básicas satisfechas sabe que el mejor gasto es un viaje, lo cual te enriquece más que comprar cualquier otra cosa” expresó el empresario quién adelantó que la mayoría de las operaciones se concreta con tarjetas y financiación.</p></blockquote>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Metalúrgicos: la confianza empresarial, a niveles de la recesión de 2009</title>
		<link>http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/05/23/metalurgicos-la-confianza-empresarial-a-niveles-de-la-recesion-de-2009/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=metalurgicos-la-confianza-empresarial-a-niveles-de-la-recesion-de-2009</link>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[confianza empresaria]]></category>
		<category><![CDATA[metalúrgicos]]></category>

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		<description><![CDATA[Las expectativas de firmas cordobesas de ese sector registraron una fuerte retracción (22,1%) en el primer cuatrimestre del año, respecto del final de 2012. Se confirmó que 78% de ellos espera una nueva crisis]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><em><img class="size-full wp-image-91397 alignnone" style="margin: 5px;" title="indice de confianza empresarial" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/indice-de-confianza-empresarial.jpg" alt="" width="562" height="216" /></em></p>
<p style="text-align: center;"><em>Las expectativas de los titulares de firmas cordobesas de ese sector registraron una fuerte retracción (22,1%) en el primer cuatrimestre del año, respecto del final de 2012, según el Monitor de la CIMCC. Se confirmó que 78% de ellos espera una nueva crisis.</em></p>
<p>Las expectativas de los empresarios metalúrgicos cordobeses sufrieron una fuerte caída -de 22,1%- en el primer cuatrimestre del año respecto de los últimos cuatro meses de 2012 y se aproxima así a los niveles registrados en medio de la crisis de 2008/09, según el Observatorio de la Actividad que monitorea Economics Trends para la Cámara de Industriales Metalúrgicos y Componentes de Córdoba (CIMCC).</p>
<p>De esta manera y según la presentación realizada ayer por el presidente de la consultora, Gastón Utrera, el índice se ubicó en 32,7 puntos, nivel similar al alcanzado durante los cuatrimestres que van desde principios de 2008 hasta mayo-agosto de 2009, en plena crisis financiera internacional.</p>
<p>En la misma línea, Utrera confirmó el dato que había adelantado el titular de la CIMCC, Emilio Etchegorry, durante la celebración de un nuevo aniversario de esa entidad, oportunidad en la que indicó que casi 80% de los empresarios cordobeses del sector considera que se avecina una nueva crisis.</p>
<p>“El bajo nivel del índice de confianza empresaria es consecuencia de percepciones y expectativas muy negativas en sus distintos componentes”, informó Utrera.</p>
<p>De esta manera, detalló que 67% de los metalúrgicos considera que la situación actual de la economía provincial es peor que en 2012, mientras que 49% estima que será peor en un año.</p>
<p>“El 82% considera que la situación actual de la economía nacional es peor que hace un año, mientras que 65% considera que será peor dentro de un año”, explicó el especialista, quien agregó: “El 59% considera que la situación actual del sector metalúrgico es peor que hace un año, mientras que 44% cree que será peor el año próximo”.</p>
<p>A su vez, el economista explicó que durante el primer cuatrimestre del año empeoraron fuertemente las expectativas sobre la evolución de la actividad económica general.</p>
<p>Mientras en septiembre y diciembre de 2012, 29,2% y 31,1% de los metalúrgicos locales, respectivamente, creía que la economía crecería menos durante 2013 respecto a 2012, en mayo, 68% cree que la economía crecerá menos este año que en 2012, “de tal modo que el porcentaje de respuestas pesimistas creció a más del doble”, indicó.</p>
<p>También empeoraron las expectativas referidas a la inflación. Mientras en septiembre y diciembre de 2012, 55,8% y 51,5%, respectivamente, de los metalúrgicos creía que la inflación durante 2013 sería superior a la registrada el año pasado, en mayo de 2013 el porcentaje subió a 68%.</p>
<p>“Otra forma de ver el deterioro de las expectativas de los metalúrgicos cordobeses es mediante el indicador del porcentaje de empresarios que cree muy o bastante probable una recesión durante este año, que se incrementó de 35,4% en septiembre de 2012 a 42,7% en diciembre del año pasado, y a 54% en mayo de 2013”, informó.</p>
<p><strong>Micro y macroeconomía</strong><br />
Las expectativas negativas sobre la evolución de la economía tienen su correlato en las perspectivas de los empresarios respecto de la evolución de las variables microeconómicas con un sesgo negativo. Así, 37% de los metalúrgicos locales espera menos producción en su empresa este año, 23% espera menos empleo en su empresa y 62% prevé menos rentabilidad que la lograda durante 2012.</p>
<p>A su vez, Utrera explicó que este nivel de expectativas se refleja también en la evaluación que hacen los metalúrgicos de la gestión del Gobierno nacional. Durante el primer cuatrimestre de 2013, 52% calificó negativamente su gestión económica, porcentaje que ha ido aumentando sistemáticamente desde 15% durante el segundo cuatrimestre de 2011 (en época de elecciones primarias presidenciales), aunque todavía no ha llegado al máximo de 72,5% de evaluaciones negativas del segundo cuatrimestre de 2009, en medio de la recesión por la crisis financiera internacional.</p>
<blockquote><p><strong>De los empresarios, 65% ya previó como enfrentar una posible crisis</strong><br />
De los metalúrgicos cordobeses, 78% considera que la economía argentina se está acercando a una nueva crisis, frente a 20% que lo considera una exageración. A su vez, 65% del total de los titulares de firmas del sector manifiesta que en su empresa ya han tomado medidas para estar bien preparados (83% de entre quienes consideran probable una nueva crisis económica).</p>
<p>“Entre quienes tomaron algún tipo de medida frente a la eventualidad de una nueva crisis económica, 29,5% decidió reducir costos y achicar gastos fijos; 16,7% decidió reducir la cantidad de empleados; 12,8%, no contratar nuevo personal; 7,7%, frenar inversiones; 5,1%, evitar el endeudamiento o reducir los pasivos actuales; 5,1% decidió optimizar recursos; 5,1% decidió desarrollar nuevos productos; 3,8%, diversificar clientes y mercados y 3,8% decidió stockear materias primas e insumos, entre las principales respuestas obtenidas” en el Observatorio.</p></blockquote>
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		<title>El superávit comercial cayó 38% en abril, según el Indec</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Comercio Exterior]]></category>
		<category><![CDATA[superávit]]></category>

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		<description><![CDATA[Alcanzó 1.151 millones de dólares. En el cuatrimestre acumula 2.462 millones, 43,6% menor que el de igual período de 2012]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-89490" style="margin: 5px;" title="Comercio Exterior" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/04/Comercio-Exterior1.jpg" alt="" width="350" height="263" />Alcanzó 1.151 millones de dólares. En el cuatrimestre acumula 2.462 millones, 43,6% menor que el de igual período de 2012.</em></p>
<p>La balanza comercial registró en abril un saldo de 1.151 millones de dólares, 38% menor respecto de igual período de 2012, informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). En abril, las exportaciones llegaron a 7.565 millones de dólares y mostraron un alza de 13%, mientras que las importaciones sumaron 6.414 millones, 32% más que en abril de 2012, cuando el saldo comercial había alcanzado 1.853 millones de dólares.</p>
<p>En los primeros cuatro meses del año, el saldo comercial llegó a 2.462 millones de dólares y representó una caída de 43,6% respecto de los 4.365 millones de superávit alcanzados en igual período de 2012. En lo que va de 2013, las exportaciones acumulan 24.941 millones de dólares, 2% más que los 24.539 millones registrados en igual período de un año atrás.</p>
<p>Las importaciones en el año verifican una alza de 11%, que surge al comparar los 22.480 millones de dólares del actual con los 20.174 millones de igual período de 2012. El comercio con el Mercosur, que es el principal socio comercial de Argentina, concentró 26% de las exportaciones argentinas y 29% de las compras realizadas en el exterior.</p>
<p>En el primer cuatrimestre, las manufacturas de origen industrial representaron 35% del total de las exportaciones, seguidas de las de origen agropecuario, con 32%, los productos primarios, con 27%, y el de combustibles y energía, con el 6% restante.</p>
<p>La composición de las importaciones muestra que entre enero y abril la compra de bienes intermedios representó 28% del total, seguida por la de piezas y accesorios para bienes de capital, con 21%; bienes de capital, con 17%; combustibles y lubricantes, con 14%; bienes de consumo, con 11% y vehículos automotores de pasajeros, con 9%.</p>
<p>El intercambio con el Mercosur arrojó un saldo positivo de 1.352 millones de dólares en el primer cuatrimestre, como resultado de importaciones por 6.218 millones y exportaciones por 7.570 millones.</p>
<p>En el mismo período, el saldo comercial con el grupo Asean (China, Japón, India y Medio Oriente) registró un déficit de 1.590 millones de dólares, mientras que con la Unión Europea, el tercer socio comercial, también se verificó un déficit comercial -de 1.132 millones de dólares-.</p>
<p>Entre enero y abril los principales destinos de las exportaciones fueron Brasil, Chile, Estados Unidos, China y Arabia Saudita, mientras que el origen de las compras benefició a Brasil, China, Estados Unidos, A lemania y Bolivia.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>La educación y las brechas que no se cierran</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Perspectivas]]></category>
		<category><![CDATA[educación]]></category>
		<category><![CDATA[gasto público]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Financiamiento Educativo]]></category>
		<category><![CDATA[PIB]]></category>

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		<description><![CDATA[La Ley de Financiamiento Educativo garantizó que el gasto público en esa materia alcanzara 6% del PIB. Pese a ello, todavía persisten desigualdades entre las provincias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-91389" style="margin: 5px;" title="Escuela Rural" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/Escuela-Rural.jpg" alt="" width="350" height="231" />La Ley de Financiamiento Educativo garantizó que el gasto público en esa materia alcanzara 6% del PIB. Pese a ello, todavía persisten desigualdades entre las provincias.</em></p>
<p>Garantizar el derecho a la educación requiere una importante inversión pública. Por eso, el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Educativo (LFE), que planteó alcanzar una inversión pública en educación, ciencia y tecnología equivalente a 6% del Producto Interno Bruto (PIB) en 2010, es una excelente noticia.</p>
<p>La LFE se sancionó en un contexto crítico de la educación argentina. La crisis de 2001 había hecho estragos en la sociedad y las finanzas públicas. Las escuelas, con menos recursos y docentes peor pagos, tuvieron que afrontar prácticamente solas el impacto de la crisis social sobre los alumnos. Los efectos sobre los aprendizajes fueron feroces: entre 2000 y 2006 Argentina fue el país que más empeoró sus resultados en las evaluaciones de la OECD (PISA, por sus siglas en inglés).</p>
<p>Ante este escenario, la sanción de la LFE en 2005 fue auspiciosa. Tanto el Gobierno nacional como el conjunto de las jurisdicciones cumplieron la ley, y en 2010 el gasto consolidado en educación, ciencia y tecnología fue equivalente a 6% del PIB. Además, al estar atado a un PIB que durante este período tuvo tasas de crecimiento anual equivalentes a 8,5% y 9% (salvo en 2009), el aumento fue mayor al esperado en tiempos de menor crecimiento económico.</p>
<p>El contexto fiscal de este incremento de recursos fue el aumento del gasto público total y de la recaudación impositiva: el primero, consolidado, pasó de representar 32% del PIB en 2005 a 43,2% en 2009 (último dato disponible), y la presión tributaria consolidada llegó a 33,5% del PIB en 2010, cuando en 2005 era 26,9%.</p>
<p>Los recursos adicionales se destinaron principalmente a la construcción de escuelas, el incremento de cargos docentes, el equipamiento (recientemente con Conectar Igualdad) y proyectos de mejora en escuelas técnicas, entre otras cosas. El aumento de los salarios docentes fue clave: su poder adquisitivo mejoró 23%.</p>
<p>La ley no solamente estipuló objetivos presupuestarios sino que planteó metas educativas. Algunos logros son auspiciosos: entre 2005 y 2010 se incrementó la tasa de asistencia escolar de la población de 3 a 5 años de 64,5% a 72,9%, la tasa neta de escolarización del 25% más pobre de la población aumentó en secundaria de 67,4% a 78,4%, y los resultados en PISA mejoraron, sobre todo en comprensión lectora (6,4% de mejora entre 2006 y 2009).</p>
<p>Los desafíos pendientes, sin embargo, son varios. En el plano presupuestario, el sistema de coparticipación federal perpetúa desigualdades fiscales entre las provincias. Por eso la inequidad en el financiamiento educativo es inmensa. Las más ricas fiscalmente (Tierra del Fuego y Santa Cruz) triplican la inversión por alumno de las más pobres (Misiones, Salta, Corrientes, Tucumán o Santiago del Estero). En el plano educativo, los datos comparativos internacionales siguen mostrando falencias y desigualdades en los logros de aprendizaje de los alumnos.</p>
<p>Después del fin del período de implementación, entra en vigencia la Ley de Educación Nacional, que fija un piso de inversión consolidada en educación equivalente a 6% del PIB. No obstante, no se establece cuánto debe invertir cada gobierno, especificación que ha sido clave para el cumplimiento de la LFE. En este contexto, vale la pena plantearse si esa inversión de 6% es suficiente y si deberían utilizarse otros indicadores para orientar la inversión. Además, es clave debatir sobre los objetivos educativos que deberían ser priorizados y financiados en los próximos años, así como el rol de cada nivel de gobierno en el financiamiento.</p>
<p>En este contexto, es fundamental reducir las brechas en la inversión educativa de las provincias. Para afrontar estos desafíos es preciso abrir un amplio debate con la participación de todos los sectores sociales y políticos.</p>
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		<title>Conflicto qom: ante la Corte Suprema, las partes acordaron acelerar posibles soluciones</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[desmonte]]></category>
		<category><![CDATA[Qom]]></category>
		<category><![CDATA[tierras]]></category>

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		<description><![CDATA[El gobierno de Formosa e integrantes de la comunidad qom acordaron acelerar la elaboración de “informes técnicos” que permitan ir avanzando en el marco del conflicto que mantienen por los reclamos de tierras ancestrales]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-91382" style="margin: 5px;" title="Qom" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/Qom.jpg" alt="" width="350" height="233" />Funcionarios del gobierno de la provincia de Formosa e integrantes de la comunidad qom “Potae Napocna Nabogoh-La Primavera” acordaron acelerar la elaboración de “informes técnicos” que permitan ir avanzando en el marco del conflicto que mantienen por los reclamos de tierras ancestrales.</em></p>
<p>Así lo resolvieron durante una audiencia de conciliación que mantuvieron ayer en virtud de una orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que interviene en el conflicto como una suerte de “árbitro” o “mediador”, ya que aún no se declaró la competencia del tribunal que deberá analizar las posiciones de ambas partes.</p>
<p>Fuentes que participaron de la audiencia aludieron a la “situación social muy complicada”, por lo que instaron a “bajar la intensidad de los conflictos y acelerar los trámites de conciliación”, al tiempo que calificaron como “positivo” el encuentro de esta mañana.</p>
<p>El cacique de la comunidad qom Félix Díaz, presidente de la comunidad La Primavera, su esposa Amanda Asijak, el vicepresidente Laureano Sanagachi; Rafael Justo, integrante de la Comisión de Ancianos de la Comunidad Qom y Cristino Sanabria, titular de la Asociación Civil Comunidad Aborigen La Primavera, estuvieron en representación de los reclamantes.</p>
<p>Por su parte, el gobierno formoseño estuvo representado por el ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo, Jorge Abel González; la fiscal de Estado, Estella Maris Zabala de Copes; Rodrigo Vera, ministro secretario General del Poder Ejecutivo; Laura Granada, directora del Instituto Provincial de la Vivienda; y Juan Esteban Ferrando.</p>
<p>También participaron de la audiencia Daniel Fernández, presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Antonio Dell’Elce, de la Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas, miembros de la Administración de Parques Nacionales y representantes de la Universidad Nacional de Formosa.</p>
<p>Esta audiencia fue la segunda convocada por la Corte ya que, en marzo de 2012, se realizó un encuentro entre las partes, casi un año y medio después del agravamiento del conflicto tras los episodios de violencia entre la policía provincial e integrantes de la comunidad Navogoh, el 23 de diciembre de 2010, cuando murieron el indígena Roberto López y el agente policial Heber Falcón.</p>
<p>El reclamo de la comunidad apunta a lograr que el gobierno provincial se abstenga de llevar a cabo desmontes en la colonia La Primavera y que se retire de un predio de 609 hectáreas que pretenden ser destinadas a la instalación de un instituto universitario.</p>
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		<title>Como la frenada fue imprevisible, la pasajera lesionada cobrará la mitad</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[indemnización]]></category>
		<category><![CDATA[lesiones]]></category>

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		<description><![CDATA[Condenan a empresa de transporte a costear 50% de los daños que sufrió la damnificada, al caer en el pasillo como consecuencia de la brusca detención]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft  wp-image-37651" style="margin: 5px;" title="Colectivo de Coniferal" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2011/02/Colectivo-de-Coniferal.jpg" alt="" width="350" height="232" />Condenan a empresa de transporte a costear 50% de los daños que sufrió la damnificada, al caer en el pasillo como consecuencia de la brusca detención.</em></p>
<p>Tras ponderar que las lesiones que sufrió la pasajera al caer en el pasillo del ómnibus se produjeron a raíz de que el chofer al mando de la unidad debió frenar bruscamente para evitar la colisión con un ciclista que lo sobrepasó y se cruzó en su camino, la Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba determinó que la empresa de colectivos urbanos abone la mitad de la indemnización de los daños que sufrió la damnificada, por entender que las circunstancias que rodearon el hecho “justifican la eximición (…) de responsabilidad”, parcialmente.</p>
<p>En sus fundamentos, el fallo estableció que, dado que no fue “un hecho previsible en el transporte, ya que el tercero se cruzó de manera totalmente imprevista, estimo acreditado el corte parcial del nexo de causalidad”.<br />
La accionante padece lesiones en su columna vertebral por la caída ocurrida dentro del ómnibus de Coniferal Sacif, que frenó repentinamente en la esquina de calles San Jerónimo y Buenos Aires, y el juzgado de primera instancia dispuso el rechazo de la demanda resarcitorio intentada.</p>
<p><strong>Parcial</strong><br />
La demandante apeló y la mencionada Cámara, integrada por Graciela Junyent Bas -autora del voto-, Héctor Hugo Liendo y José Manuel Díaz Reyna, admitió en forma parcial el recurso, ordenando que Coniferal abone 3.432 pesos equivalentes al cincuenta por ciento de la indemnización que le corresponde a la víctima en concepto de daño material, pérdida de chance y daño moral.</p>
<p>El tribunal de alzada precisó que, “habiéndose demostrado que existió el hecho, y un vínculo de transporte entre la actora y la empresa Coniferal Sacif, ello genera la responsabilidad objetiva contractual prevista en el artículo 184 del Código de Comercio” -contrato de transporte de pasajeros- y en el artículo 1113 del Código Civil, aunque en el caso la culpa es sólo parcial, por cuanto “el conductor del colectivo hizo todo lo posible para evitar colisionar el vehículo de gran porte con la bicicleta, y de ocasionar un mal mayor”, al tiempo que se trató de un “hecho imprevisible”.</p>
<p><strong>Sin exención</strong><br />
En el mismo sentido, el órgano de apelación reafirmó que “la empresa Coniferal Sacif no pudo comprobar certeramente la eximición total de responsabilidad invocada -hecho exclusivo de un tercero- , mas tampoco se ha acreditado que la frenada brusca del chofer la haya realizado injustificadamente, sino todo lo contrario, es decir, se acreditó que no hubo culpa imputable al dependiente, el cual con su maniobra evitó colisionar con el vehículo que se le cruzó”.</p>
<p>Además, se señaló que “ello no justifica la eximición total de responsabilidad por parte de la referida empresa, ya que dicha circunstancia no genera la ruptura del nexo causal respecto de la obligación de resultado del transportista, sino sólo un eximente parcial”.<br />
“Por ello es que el conductor debe ser eximido de responsabilidad y la empresa de transporte no debe responder por el todo, pues jurídicamente se le ha atribuido parte de la responsabilidad a un tercero por el que no debe responder”, concluyó el pronunciamiento.</p>
<p><strong>Autos: Rivero c/Bracco y otro</strong></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Demora al reclamar evidencia ruptura laboral consensuada</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 08:31:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redaccion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[indemnización]]></category>
		<category><![CDATA[ruptura laboral]]></category>

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		<description><![CDATA[Eximen al Club General Paz Juniors de indemnizar por despido a un ex empleado, al no encontrar razonable que el demandante dejara transcurrir tanto tiempo antes de iniciar juicio]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-full wp-image-91372" style="margin: 5px;" title="juniors" src="http://www.comercioyjusticia.com.ar/wp-content/uploads/2013/05/juniors.jpg" alt="" width="350" height="192" />Eximen al Club General Paz Juniors de indemnizar por despido a un ex empleado, al no encontrar razonable que el demandante dejara transcurrir tanto tiempo antes de iniciar juicio.</em></p>
<p>Dado que dejar transcurrir más de siete meses, para recién luego iniciar algún reclamo por deudas laborales, evidencia una voluntad tácita inequívoca de dar por concluido el vínculo laboral por voluntad concurrente de las partes, la Sala 10ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, integrada por Carlos Alberto Toselli, con sustento en el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), eximió al Club Atlético General Paz Juniors de indemnizar por despido a un ex empleado.</p>
<p>La cuestión fue protagonizada por Héctor Oscar Oroná, quien denunció que el club intentó disimular la relación laboral que los unía, aprovechando que él era concesionario desde el año 1995 de las canchas de fútbol 5 de la entidad deportiva. El actor sostuvo que el club le confeccionó un contrato de concesión por el lapso de dos años, por el cual, supuestamente, se le entregaban 90 cocheras de propiedad del club para que las explotara por su cuenta cuando. en realidad, era un simple empleado.</p>
<p>La demandada en su defensa negó los hechos denunciados y, supletoriamente, planteó la ruptura de cualquier vínculo preexistente por voluntad concurrente de las partes, puesta de manifiesto en los términos del artículo 241 in fine de la LCT, debido a que el actor reclamó siete meses después la vigencia de una supuesta relación laboral.</p>
<p>Luego de analizar la prueba rendida en el proceso, el juez indicó que, si bien se acreditó la existencia de la relación laboral, no resultó “razonable que el trabajador dejara transcurrir un tiempo tan prolongado para incoar su reclamo” -destacando-“máxime cuando su fuerza laboral para cubrir el trabajo en las cocheras ya no era requerida por haber sido entregadas a un tercero ajeno, con el cual carecía de vinculación”.</p>
<p><strong>Irrenunciabilidad</strong><br />
En ese orden de ideas, el magistrado especificó que “además que existe una confusión conceptual entre la aplicación del principio de irrenunciabilidad del artículo 12 de la LCT con la admisión de la extinción contractual por tácito acuerdo de voluntad de las partes”, subrayando que “el principio de irrenunciabilidad sigue admitiendo determinados actos dispositivos de la parte como por ej. la renuncia al empleo, o la posibilidad contemplada en la norma que deriva de una conducta inequívoca de inacción prolongada en el tiempo, por un período más que suficiente (más de siete meses)”.</p>
<p>En tal sentido, se añadió que ello aconteció en autos, dado que la parte actora no intentó “ni tan siquiera probar las supuestas negociaciones tendientes a una solución del conflicto que justificarían su falta de respuesta temporal a la situación de impedimento de prestación de tareas”. En consecuencia, se desestimó el reclamo indemnizatorio por el despido pretendido por el trabajador.</p>
<p style="text-align: right;"><strong>Autos: Oroná c/Club Gral. Paz Juniors</strong></p>
]]></content:encoded>
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