Ratifican los intereses que fueron fijados en la sentencia definitiva
10 ago, 2012 | 5:31 Hs. | Por Redaccion | Categoría: Justicia
Para el TSJ, la modificación de la tasa, posterior al dictado del fallo, produce gravamen irreparable al no haber sido objeto de agravio de las partes.
Dado que la modificación de la tasa de interés formulada en la actualización de montos adeudados a una trabajadora, posteriormente al dictado de la sentencia, produce un gravamen irreparable, debido a que ello no fue objeto de agravio de las partes, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenó mantener y aplicar al monto adeudado las tasas de interés fijadas por el a quo en su sentencia.
El demandado, José Ernesto Segura, interpuso recurso de casación en contra de la decisión dictada en su oportunidad por la Sala 2ª de la Cámara del Trabajo, mediante la cual se determinaron los montos adeudados a Dellia Bernarda Lecuna, aplicándose intereses distintos a los que había establecido la sentencia definitiva. El sentenciante en su resolución había considerado aplicable la tasa pasiva más 0,5% nominal mensual, sin embargo luego aplicó la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina, con más 2%.
Analizada la controversia, el TSJ, integrado por Carlos García Allocco -autor del voto-, Luis Enrique Rubio y Mercedes Blanc de Arabel, señaló que el vicio denunciado “se verifica y produce gravamen irreparable”, destacando que “el juzgador modifica los intereses fijados oportunamente -cuando resuelve la cuestión sustancial-, sin justificar la decisión teniendo en cuenta que las partes no se agraviaron”.
En consecuencia, el Alto Cuerpo consideró que corresponde anular la resolución y “mantener las tasas estipuladas en la sentencia. Con igual porcentaje de interés se deberán actualizar las bases regulatorias”, concluyó la Sala.
Autos: Lecuna c/Segura


