Seguirán detenidos tres de los abogados acusados de estafa contra la ART Provincia
22 jun, 2012 | 5:32 Hs. | Por Redaccion | Categoría: Destacado Justicia
El TSJ les confirmó la prisión preventiva, medida que también involucra a un médico a quien se acusa de facilitar los certificados truchos. Se hizo referencia a la peligrosidad procesal de los imputados.
Un médico y tres abogados cordobeses a quienes se acusa de integrar una red que falsificaba certificados médicos con el objetivo de forzar a la aseguradora de riesgos de trabajo “Provincia” a pagar indemnizaciones a empleados que no padecían enfermedades laborales, deberán continuar en prisión al menos hasta que comience el juicio oral.
La decisión fue adoptada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba y tiene como protagonistas a los acusados Mario Ernesto Pacheco (médico) y a los abogados Claudio Horacio Viale, Francisco Rueda y Ariel Osvaldo Merlini, quienes se encuentran detenidos desde agosto último.
La causa adquirió gran repercusión pública cuando trascendió que rondarían en 700 las maniobras que habrían cometido los imputados en perjuicio de Provincia y la estafa alcanzaría cinco millones de pesos.
Tras su detención, los profesionales fueron imputados por los delitos de asociación ilícita, en concurso real con estafa procesal continuada, certificado médico falso continuado y falsificación de instrumento privado continuada.
Peligro procesal
Para confirmar la prisión preventiva, la Sala Penal del TSJ hizo referencia a la peligrosidad procesal de los acusados.
En el fallo -al que accedió Comercio y Justicia-, los jueces resaltaron que hay elementos “indicativos de una capacidad de los imputados para sortear obstáculos y eludir controles legales” como, por ejemplo, la existencia de una organización con poder de reacción para aplicarla a la ejecución de delitos, la pluralidad de intervinientes, la evidente convergencia para desplegar su maniobra, no trepidando en que debían inducir a error no sólo a los representantes de la ART sino también a jueces laborales a partir de la creación o disponibilidad de certificados falsos .
“Sería harto ingenuo disociar esa capacidad objetivada en los hechos atribuidos, y que es demostrativa de aptitudes individuales y grupales para eludir la ley, de los riesgos que implica la liberación para asegurar sensatamente el logro de los fines del proceso, máxime en una investigación compleja que, si bien no resulta incipiente, aún no ha sido concluida”, explicó el Alto Cuerpo.
La resolución agrega que, frente a tales indicadores y ante un pronóstico hipotético de pena relevante, las pautas que invocó la defensa para neutralizar el peligro procesal -ausencia de antecedentes, la contención familiar, domicilio fijo, sometimiento voluntario a la actuación de la Justicia- resultan insuficientes.
“Para que las condiciones personales tengan una aptitud cancelatoria de riesgos procesales de semejante entidad y proyecten confianza, tienen que diferenciarse del común denominador de las personas imputadas por un delito para que, por sí mismas, resulten suficientes ora para desactivar la presunción legal, ora para relativizar la razonable inferencia de peligro procesal”, expresa la resolución.
Confirman secuestro
En el marco de la misma causa, la Cámara de Acusación de Córdoba avaló el secuestro que ordenó el fiscal de Instrucción, Enrique Gavier, sobre diez computadoras pertenecientes a un estudio jurídico .
Para el tribunal de alzada, los 20 meses que dichos elementos permanecieron bajo custodia judicial son “razonables” atento a que se estaría frente a una megacausa.
Por otra parte y respecto del secreto profesional que alegaron los damnificados, se resaltó que hay que confiar en el buen tino de la Justicia para salvaguardar aquella documentación, que es relevante para el estudio jurídico y no tiene relación directa con la causa analizada.
Bajó la litigiosidad
La denuncia contra los profesionales hoy acusados fue interpuesta en diciembre de 2009, a instancias del titular de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Juan González Gaviola, quien en abril pasado advirtió que, como producto de las denuncias realizadas, los litigios laborales se redujeron de diez mil, en 2009, a dos mil el año pasado.



Perdón pero no puedo dejar de pensar en semejante “injusticia”, tantos imputados por delitos económicos y nunca llegaron a esperar su juicio en prisión preventiva, ¿ porque ellos si?, Tienen que darle el derecho de esperar su juicio, si la CN, en su Art. 18 dice nadie puede ser condenado sin juicio previo, que toda persona tiene Derecho de de esperar su juicio en Libertad, si lo primero que ampara la CN, es la libertad, porque ellos NO. En el juicio se vera la verdad, pero por lo menos concederle ese Derecho de esperarlo en libertad. Pobre su hijo, su mujer, esa agonía que deben estar pasando.
Si bien la prision preventiva como medida cautelar esta destinada a poder disponer del imputado en todo el camino procesal como garantía de obtención de prueba y para impedir que la prueba dada pueda ser ocultada o falseada y asegurar en caso de condena, la ejecución de la pena. Aunque, la realidad nos demuestra que la prisión preventiva se ha convertido en un “anticipo de condena” de quien se presume inocente, en una forma de resguardo de la denominada “seguridad ciudadana”, vulnerando uno de los derechos fundamentales más preciado del hombre: la libertad.
Se contradice con la constitución. ES PARADÓJICO E IRRACIONAL!!